CAMPAÑA RENTA 2019

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Como todos los años por estas fechas ha dado comienzo la campaña de renta.

A pesar de la situación de alarma y confinamiento por todos conocida, la Agencia Tributaria mantiene el calendario y los plazos para la presentación de la declaración de renta del ejercicio 2019.

Así, la campaña ha dado inicio el día 1 de abril y se mantendrá como último día de presentación el 30 de junio (25 de junio para aquellas declaraciones a ingresar que se quieran domiciliar).

Respecto a las novedades para la declaración de este año, hemos de indicar que no hay muchas, quizá las más destacadas sean:

1- Obligación de declarar:

En el ejercicio 2019, el límite excluyente de la obligación de declarar previsto en el artículo 96.3 de la Ley del IRPF para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo se fija en 14.000 euros en los siguientes supuestos:

  • Cuando procedan de más de un pagador, salvo ciertas excepciones.
  • Cuando perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Para los restantes contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo, el límite para declarar por la percepción de estos rendimientos se mantiene en 22.000 euros anuales.

2- Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas:

Estarán exentos para el ejercicio 2019 los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 20.000 euros.

Puede consultar un resumen de todas las novedades aquí.

Desde Ceán y González Abogados estamos a su disposición para ayudarle en la presentación de su declaración y que su factura fiscal sea lo menos gravosa posible.

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